Carta Laboral

Cuando un empleado lo desea, el empresario está obligado a facilitar una carta laboral, que garantiza que existe o existió una relación laboral.

Esta es una obligación que posee el Empleador y que se ve amparada en el Articulo 57, en el Numeral 7 del Código Sustantivo del Trabajo. En el presente Articulo encontrarás todo lo que tienes que saber acerca de la Carta Laboral.

Una Carta Labora, a veces denominada Constancia Laboral, es una carta formal que sólo puede preparar un empresario. Este documento sirve como prueba de los servicios laborales prestados por un empleado.

Contenidos

¿Cuál es el contenido de la Carta Laboral?

El Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T) estipula que la Carta Laboral debe tener los tres componentes esenciales siguientes:

  • El tiempo que el individuo ha trabajado o trabajado.
  • El importe de la remuneración percibida.
  • El puesto y sus funciones asociadas.

El empresario puede limitar su inclusión a estas tres ideas, o puede incluir más material si ambas partes están de acuerdo. Sin embargo, el empresario no puede expresar juicios desfavorables sobre el empleado en la carta laboral, ya que hacerlo es ilegal.

¿Cómo se redacta una Carta Laboral?

Redactar una Carta Laboral es un proceso bastante sencillo. La estructura general de ésta es la de una Carta, en lo único en que se diferencia es en el fin de la misma. Para redactar una Carta Laboral sigue los siguentes pasos:

  • Escribe la fecha en la esquina superior derecha del documento.
  • Luego especifica a quién va dirigida la Carta Laboral. Si conoces el Nombre del Destinatario, colocalo, de no ser así coloca: «A quién corresponda» o «A quién interese».
  • Ahora empezamos con el cuerpo de la Carta Laboral, el cuál debemos comenzar con un saludo.
  • Luego, indicamos el tiempo que el trabajador lleva laborando o laboró en la empresa, asi como el Cargo ocupado y su horario de trabajo.
  • De manera opcional, puedes colocar el Salario devengado por el trabajador.
  • Para culminar la Carta Laboral, debemos colocar la despedida escrbiendo: «Atentamente». Seguido a esto colocamos el nombre y la firma del emisor.

Es de caracter importante que se añada a la Carta Laboral los Datos de Contacto de la Empresa tales como el Número Teléfonico, el Correo Eclectrónico, el NIT, y demás datos relevantes que puedan certificar la veracidad de la Carta Laboral.

¿Cómo debe verse una Carta Laboral?

Después de haberte explicado cómo redactar una Carta Laboral, te mostraré un Formato de cómo debe quedar la misma:

CARTA DE CERTIFICACIÓN LABORAL

La empresa (nombre de la empresa)

Certifica que:

 

El señor (nombre del empleado) identificado con (Documento de identificación), se encuentra laborando en nuestra empresa desde el (día / mes / año) hasta la fecha, bajo un contrato (describir el tipo de contrato) y devengando un salario mensual de (salario del empleado), el cargo que desempeña es de (nombre del cargo), las funciones que realice dentro de la organización son: (describir las funciones, si es necesario).

 

Esta carta se expide el día ___________, en la ciudad de ____________, con destino a ______________.

 

Atentamente,

 

Nombre del empleador

Identificación.

Cargo.

¿Cuál es la diferencia entre Carta Laboral y Carta de recomendación Laboral?

Un certificado laboral es distinto de una carta de recomendación laboral, ya que el primero sirve como prueba de que el trabajador está contratado por la empresa, mientras que la segunda pretende destacar los mejores rasgos del trabajador.

La recomendación laboral puede utilizarse para solicitar puestos en otras empresas o para asegurar a otras personas que el empleador es una buena persona, mientras que la carta laboral suele estar relacionada con la obtención de créditos y otras situaciones en las que el empleado necesita demostrar su relación con una empresa y sus ingresos.

¿Qué puede suceder si el empleador me niega la Carta Laboral?

El trabajador tiene las siguientes opciones si el empresario se niega a darle una carta de certificación laboral:

  • Para que se le reconozca el derecho otorgado por el C.S.T., presentar un derecho de petición ante el empleador.
  • El empleado puede presentar una acción de tutela, que es una vía avalada por la corte constitucional, si el empleador desconoce el derecho de petición.

Recuerda que el Empleador tiene la Obligación de expedirte una Carta Laboral, así ya no tengas vínculo alguno con la empresa.

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